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El Departamento de Estado de Estados Unidos se compromete a hacer accesibles sus Tecnologías de la Información y la Comunicación (Information and Communication Technologies, ICT) a las personas con discapacidad, cumpliendo o superando los requisitos de la sección 508 de la Ley de Rehabilitación de 1973 (Rehabilitation Act), en su versión enmendada (29 U.S.C. 794d). La sección 508 exige a los organismos que, durante las fases de adquisición, desarrollo, mantenimiento o uso de las ICT, garanticen que las personas con discapacidad tengan un acceso y un uso de la información y los datos de las ICT comparables al acceso y el uso que tienen las personas sin discapacidad (es decir, “accesibilidad de las ICT”), a menos que ello suponga una carga excesiva para el organismo. Nuestros continuos esfuerzos en materia de accesibilidad contribuyen a garantizar que nuestros contenidos en la web cumplan o superen las normas de la sección 508 y se ajusten a las Pautas de accesibilidad al contenido en la web W3C (Web Content Accessibility Guidelines, WCAG, W3C) 2.0, nivel AA.
Las normas de la sección 508 son los requisitos y criterios técnicos utilizados para medir la conformidad de la accesibilidad de las ICT con esta ley. Para más información sobre la sección 508, consulte el sitio web “Section508.gov” (en inglés) de la Administración de Servicios Generales. Las Pautas de accesibilidad al contenido en la web (WCAG) 2.0 (en inglés) pueden consultarse en el sitio web del W3C (en inglés).
Si desea solicitar una adaptación razonable como empleado actual o posible candidato, visite nuestra página “Política de adaptaciones razonables” (en inglés).
Utilización del Servicio de Retransmisión de Telecomunicaciones
El Servicio de Retransmisión de Telecomunicaciones (TRS) permite a las personas sordas, con dificultades auditivas, sordociegas o con discapacidades del habla, comunicarse por teléfono de una manera funcionalmente equivalente a los servicios telefónicos utilizados por personas sin tales discapacidades.
Lista de servicios TRS (FCC.gov)
Si tiene comentarios y/o preguntas relacionados con el programa de la sección 508 del Departamento de Estado o si le preocupa la accesibilidad de la sección 508 ICT de cualquier contenido o de la interfaz de usuario de este sitio web, favor de comunicarse por correo electrónico a “section508@state.gov” o ponerse en contacto con el gerente del programa de la sección 508, Richard McCarthy (McCarthyRD@state.gov). Cuando proceda, incluya la dirección web o URL y las barreras de accesibilidad específicas con las que se encuentre.
Si desea presentar una queja relacionada con la sección 508, utilice el formulario en línea de quejas por discriminación del Departamento de Estado de Estados Unidos (en inglés) o envíe un correo electrónico a la Oficina de Derechos Civiles a la dirección “SOCR_Direct@state.gov” indicando qué ICT es inaccesible y de qué manera y cómo desearía que se resolviera la queja.
Para presentar una queja contra otro organismo, póngase en contacto con el coordinador de la sección 508 de dicho organismo. La información de contacto de los coordinadores de la sección 508 puede encontrarse en https://section508.gov/tools/coordinator-listing (en inglés).
Última actualización 30 de abril de 2024