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Si necesita solicitar un servicio de emergencia, envíe un correo electrónico con su solicitud a Panama-ACS@State.gov y asegúrese de explicar la naturaleza de la emergencia.
Arresto de un Ciudadano EstadounidenseEl Departamento de Estado ayuda a los ciudadanos estadounidenses que están en prisión en otros países y trabaja para asegurarse de que sean tratados de manera justa y humana.
El Departamento de Estado ayuda a la familia y amigos de ciudadanos estadounidenses que fallecen en otros países. Informamos a los familiares más cercanos sobre el fallecimiento y proporcionamos información sobre los arreglos funerarios locales o el retorno de los restos a los Estados Unidos. También ayudamos con la herencia y pertenencias personales del fallecido. Además, emitimos un Informe Consular de Fallecimiento en el Extranjero, que es un registro oficial del fallecimiento.
La Oficina de Asuntos Infantiles del Departamento de Estado trabaja para resolver y prevenir casos de secuestro internacional de menores por parte de los padres y para ayudar a los niños y familias involucrados en casos de secuestro. Para más información, consulte nuestra página de secuestro internacional de menores por parte de los padres en travel.state.gov.
El Departamento de Estado ayuda a los ciudadanos estadounidenses que son víctimas de delitos en el extranjero. Conectamos a las víctimas de delitos con la policía y otros servicios y proporcionamos información y recursos para ayudar con las lesiones físicas, emocionales y/o financieras derivadas del delito.
¿Es usted un ciudadano estadounidense que necesita un pasaporte?
Arresto de un Ciudadano Estadounidense
El Departamento de Estado ayuda a los ciudadanos estadounidenses que están en prisión en otros países y trabaja para asegurarse de que sean tratados de manera justa y humana.
Fallecimiento de un Ciudadano Estadounidense
El Departamento de Estado ayuda a la familia y amigos de ciudadanos estadounidenses que fallecen en otros países. Informamos a los familiares más cercanos sobre el fallecimiento y proporcionamos información sobre los arreglos funerarios locales o el retorno de los restos a los Estados Unidos. También ayudamos con la herencia y pertenencias personales del fallecido. Además, emitimos un Informe Consular de Fallecimiento en el Extranjero, que es un registro oficial del fallecimiento.
Secuestro Internacional de Menores por Parte de los Padres
La Oficina de Asuntos Infantiles del Departamento de Estado trabaja para resolver y prevenir casos de secuestro internacional de menores por parte de los padres y para ayudar a los niños y familias involucrados en casos de secuestro. Para más información, consulte nuestra página de secuestro internacional de menores por parte de los padres en travel.state.gov.
El Departamento de Estado ayuda a los ciudadanos estadounidenses que son víctimas de delitos en el extranjero. Conectamos a las víctimas de delitos con la policía y otros servicios y proporcionamos información y recursos para ayudar con las lesiones físicas, emocionales y/o financieras derivadas del delito.
¿Es usted un ciudadano estadounidense que necesita un pasaporte?
La Embajada de los Estados Unidos en Panamá puede ayudarle a contactar a su familia, banco o empleador para que puedan enviarle dinero. La forma más rápida de enviar dinero desde los Estados Unidos a Panamá es utilizar un servicio comercial. Varias compañías ofrecen este servicio, incluyendo Western Union.
Los ciudadanos estadounidenses que necesiten asistencia financiera de emergencia mientras están en el extranjero deben intentar primero contactar a su familia, amigos, institución bancaria o empleador. Nuestra unidad de Servicios para Ciudadanos Americanos puede ayudar con esto, si es necesario.
Utilice un servicio comercial de transferencia de dinero, como Western Union o MoneyGram, para enviar dinero al extranjero. Las herramientas en línea pueden ayudarle a comparar costos y encontrar la mejor opción. La persona que reciba el dinero necesitará mostrar una prueba de identidad, como un pasaporte.
Si las opciones comerciales no están disponibles o no son posibles, la familia o amigos pueden enviar dinero a través del Departamento de Estado de los EE. UU. a un ciudadano estadounidense necesitado a la embajada o consulado de EE. UU. más cercano. El Departamento de Estado de los EE. UU. cobra una tarifa de $30 para establecer una cuenta y transferir el dinero.
Si usted es un ciudadano estadounidense sin dinero, podría obtener un préstamo del gobierno de los EE. UU. para viajar de regreso a los Estados Unidos. Tendrá que devolver este préstamo. Cuando reciba el préstamo, su pasaporte estadounidense tendrá limitaciones y, por lo general, no obtendrá un nuevo pasaporte hasta que pague el préstamo en su totalidad. Contáctenos para más información.
Asistencia Financiera de Emergencia
La Embajada de los Estados Unidos en Panamá puede ayudarle a contactar a su familia, banco o empleador para que puedan enviarle dinero. La forma más rápida de enviar dinero desde los Estados Unidos a Panamá es utilizar un servicio comercial. Varias compañías ofrecen este servicio, incluyendo Western Union.
Los ciudadanos estadounidenses que necesiten asistencia financiera de emergencia mientras están en el extranjero deben intentar primero contactar a su familia, amigos, institución bancaria o empleador. Nuestra unidad de Servicios para Ciudadanos Americanos puede ayudar con esto, si es necesario.
Transferencia de Dinero Directa
Utilice un servicio comercial de transferencia de dinero, como Western Union o MoneyGram, para enviar dinero al extranjero. Las herramientas en línea pueden ayudarle a comparar costos y encontrar la mejor opción. La persona que reciba el dinero necesitará mostrar una prueba de identidad, como un pasaporte.
Enviar Dinero a través del Departamento de Estado de los EE. UU.
Si las opciones comerciales no están disponibles o no son posibles, la familia o amigos pueden enviar dinero a través del Departamento de Estado de los EE. UU. a un ciudadano estadounidense necesitado a la embajada o consulado de EE. UU. más cercano. El Departamento de Estado de los EE. UU. cobra una tarifa de $30 para establecer una cuenta y transferir el dinero.
Si usted es un ciudadano estadounidense sin dinero, podría obtener un préstamo del gobierno de los EE. UU. para viajar de regreso a los Estados Unidos. Tendrá que devolver este préstamo. Cuando reciba el préstamo, su pasaporte estadounidense tendrá limitaciones y, por lo general, no obtendrá un nuevo pasaporte hasta que pague el préstamo en su totalidad. Contáctenos para más información.
Si usted es un ciudadano estadounidense o residente permanente legal en Estados Unidos (tiene una tarjeta verde), usted es responsable de declarar sus impuestos federales sobre los ingresos mientras esté en el extranjero. En el sitio web del Servicio de Rentas Internas (Internal Revenue Service, IRS) encontrará información útil como por ejemplo preguntas frecuentes sobre los impuestos o cómo solicitar un número de identificación del contribuyente individual (Individual Taxpayer Identification Number, ITIN).
Si usted es un ciudadano estadounidense con doble nacionalidad o un ciudadano estadounidense que vive fuera de los Estados Unidos, puede registrarse en el Sistema de Servicio Selectivo. En este momento, el sitio de registro en línea del Sistema de Servicio Selectivo no está disponible temporalmente para los solicitantes de registro en el extranjero. Por razones de seguridad, los inscritos en el extranjero deben completar el formulario a continuación y enviarlo por correo al Sistema de Servicio Selectivo a la siguiente dirección: Sistema de servicio Selectivo Oficina de Información de Registro CORREOS. Caja 94739 Palatine, IL 60094-4739
Para obtener información general sobre el Programa de Asistencia para el Voto Federal (FVAP) si está en el extranjero, haga clic aquí. Dependiendo de dónde sea elegible para votar, puede recibir su formulario por correo electrónico, fax o descargarlo de internet. Para registrarse y solicitar un formulario, por favor complete la Solicitud de Tarjeta Postal Federal (FPCA) aquí. Imprima, firme y devuelva la FPCA a su oficina electoral local en EE.UU. Si solicita la entrega electrónica e incluye su dirección de correo electrónico o número de fax, recibirá su formulario en blanco 45 días antes de las elecciones generales y de medio término, y generalmente 30 días antes de las elecciones especiales, primarias y de segunda vuelta para cargos federales. Recomendamos completar una nueva FPCA cada enero o cuando se mude.
La Unidad de Servicios para Ciudadanos Americanos de la Embajada de los Estados Unidos en Panamá asiste a ciudadanos estadounidenses, panameños y nacionales de terceros países que reciben beneficios de la Oficina de Gestión de Personal de EE. UU. (OPM), la Administración del Seguro Social (SSA) y el Departamento de Asuntos de Veteranos (VA). También asistimos a ex empleados de la Comisión del Canal de Panamá que sufrieron lesiones en el trabajo y reciben compensación del Programa de Compensación para Trabajadores (OWCP) bajo el Departamento de Trabajo de EE. UU. (DOL).
Si usted es un ciudadano estadounidense o residente permanente legal en Estados Unidos (tiene una tarjeta verde), usted es responsable de declarar sus impuestos federales sobre los ingresos mientras esté en el extranjero. En el sitio web del Servicio de Rentas Internas (Internal Revenue Service, IRS) encontrará información útil como por ejemplo preguntas frecuentes sobre los impuestos o cómo solicitar un número de identificación del contribuyente individual (Individual Taxpayer Identification Number, ITIN).
Si usted es un ciudadano estadounidense con doble nacionalidad o un ciudadano estadounidense que vive fuera de los Estados Unidos, puede registrarse en el Sistema de Servicio Selectivo. En este momento, el sitio de registro en línea del Sistema de Servicio Selectivo no está disponible temporalmente para los solicitantes de registro en el extranjero. Por razones de seguridad, los inscritos en el extranjero deben completar el formulario a continuación y enviarlo por correo al Sistema de Servicio Selectivo a la siguiente dirección: Sistema de servicio Selectivo Oficina de Información de Registro CORREOS. Caja 94739 Palatine, IL 60094-4739
Para obtener información general sobre el Programa de Asistencia para el Voto Federal (FVAP) si está en el extranjero, haga clic aquí. Dependiendo de dónde sea elegible para votar, puede recibir su formulario por correo electrónico, fax o descargarlo de internet. Para registrarse y solicitar un formulario, por favor complete la Solicitud de Tarjeta Postal Federal (FPCA) aquí. Imprima, firme y devuelva la FPCA a su oficina electoral local en EE.UU. Si solicita la entrega electrónica e incluye su dirección de correo electrónico o número de fax, recibirá su formulario en blanco 45 días antes de las elecciones generales y de medio término, y generalmente 30 días antes de las elecciones especiales, primarias y de segunda vuelta para cargos federales. Recomendamos completar una nueva FPCA cada enero o cuando se mude.
Unidad de Beneficios Federales (FBU)
La Unidad de Servicios para Ciudadanos Americanos de la Embajada de los Estados Unidos en Panamá asiste a ciudadanos estadounidenses, panameños y nacionales de terceros países que reciben beneficios de la Oficina de Gestión de Personal de EE. UU. (OPM), la Administración del Seguro Social (SSA) y el Departamento de Asuntos de Veteranos (VA). También asistimos a ex empleados de la Comisión del Canal de Panamá que sufrieron lesiones en el trabajo y reciben compensación del Programa de Compensación para Trabajadores (OWCP) bajo el Departamento de Trabajo de EE. UU. (DOL).
El Departamento de Estado de EE. UU. no se hace responsable de la capacidad profesional, la reputación ni la calidad de los servicios ofrecidos por las entidades o personas que aparecen en las listas que se mencionan. También aclara que el hecho de que alguien esté incluido en la lista no significa que el Departamento o el gobierno de EE. UU. estén apoyando o respaldando a esa persona o entidad. Los nombres en la lista están organizados alfabéticamente, sin que el orden tenga un significado adicional. Además, la información contenida en la lista proviene directamente de los proveedores de servicios locales, y el Departamento no puede garantizar la veracidad de esa información.
Recursos LegalesEl documento adjunto contiene una lista de abogados elaborada por la unidad de Servicios para Ciudadanos Americanos.
La Embajada de los Estados Unidos en Panamá no se hace responsable por la capacidad profesional o la reputación de las personas, instalaciones médicas o empresas que figuran a continuación. Todas las instituciones listadas indicaron que tenían médicos que hablan inglés cuando se creó la lista.
Aquí puede encontrar información sobre todos los aspectos de vivir en Panamá como expatriado, incluyendo cómo obtener una licencia de conducir panameña.
Aquí puede encontrar información para ayudar a preparar y planificar un viaje a Panamá, incluyendo los requisitos de entrada y salida, así como la información de contacto.
El documento adjunto contiene una lista de abogados elaborada por la unidad de Servicios para Ciudadanos Americanos.
La Embajada de los Estados Unidos en Panamá no se hace responsable por la capacidad profesional o la reputación de las personas, instalaciones médicas o empresas que figuran a continuación. Todas las instituciones listadas indicaron que tenían médicos que hablan inglés cuando se creó la lista.
Aquí puede encontrar información sobre todos los aspectos de vivir en Panamá como expatriado, incluyendo cómo obtener una licencia de conducir panameña.
Aquí puede encontrar información para ayudar a preparar y planificar un viaje a Panamá, incluyendo los requisitos de entrada y salida, así como la información de contacto.
Estados Unidos es parte del Convenio de La Haya sobre Adopción, un tratado internacional que busca asegurar que las adopciones internacionales se realicen en el mejor interés del niño y que existan medidas de protección para su seguridad. Todas las adopciones en otro país deben realizarse de acuerdo con las leyes de EE.UU. y las leyes locales para que el niño adoptado sea elegible para inmigrar a los Estados Unidos. Debe trabajar con un proveedor de servicios de adopción de EE.UU. específicamente autorizado para facilitar la adopción internacional. Puede encontrar más información sobre proveedores de servicios de adopción autorizados y el proceso de adopción internacional en travel.state.gov y se le invita a dirigir preguntas a Adoption@state.gov.
Un niño nacido fuera de los Estados Unidos de un padre o ambos padres ciudadanos estadounidenses puede ser elegible para la ciudadanía estadounidense si el padre o ambos padres cumplen con los requisitos para transmitir la ciudadanía estadounidense bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Los ciudadanos estadounidenses elegibles para transmitir la ciudadanía deben presentar una Solicitud de Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA). Nuestro sencillo Asistente de Citas para Pasaportes y CRBA le ayudará a determinar su elegibilidad y a reunir la documentación necesaria para aplicar.
El personal de la embajada de EE.UU. no puede realizar matrimonios. Dependiendo de la ley local, los matrimonios generalmente son realizados por funcionarios civiles o religiosos. Si su matrimonio en el extranjero se realizó de acuerdo con la ley local, es válido en el país donde tuvo lugar. Si su matrimonio es reconocido en otro lugar depende de las leyes de ese lugar.
Para prevenir el secuestro internacional de niños, el Gobierno de Panamá requiere que los menores que son ciudadanos o residentes de Panamá presenten sus certificados de nacimiento originales, copias de los documentos de identificación de sus padres o tutores legales, y el consentimiento escrito notariado (en español) de cualquier padre o tutores legales que no viajan al momento de Panamá.
El Gobierno de Panamá aplica estrictamente la ley de toque de queda para menores, que requiere que los menores de 18 años que no estén bajo la supervisión de un adulto estén fuera de las calles entre las 9:00 p.m. y las 6:00 a.m. de lunes a jueves, y de 10:00 p.m. a 6:00 a.m. de viernes a domingo. La ley de toque de queda se aplica tanto a ciudadanos panameños como extranjeros. Los menores que infrinjan el toque de queda están sujetos a detención en una estación de policía hasta que sean entregados a la custodia de sus padres. Los padres pueden ser multados por la infracción, y el monto de la multa queda a discreción del Corregidor (magistrado) del área local. Los estudiantes que asisten a clases nocturnas deben tener un carnet emitido por la escuela. Los menores que están empleados deben obtener un certificado de empleo.
Renunciar a su ciudadanía estadounidense mediante acciones específicas, como tomar el juramento de renuncia, debe hacerse voluntariamente y con la intención de renunciar a su ciudadanía estadounidense. Este es un derecho personal y no puede ser realizado por otra persona en su nombre.
Estados Unidos es parte del Convenio de La Haya sobre Adopción, un tratado internacional que busca asegurar que las adopciones internacionales se realicen en el mejor interés del niño y que existan medidas de protección para su seguridad. Todas las adopciones en otro país deben realizarse de acuerdo con las leyes de EE.UU. y las leyes locales para que el niño adoptado sea elegible para inmigrar a los Estados Unidos. Debe trabajar con un proveedor de servicios de adopción de EE.UU. específicamente autorizado para facilitar la adopción internacional. Puede encontrar más información sobre proveedores de servicios de adopción autorizados y el proceso de adopción internacional en travel.state.gov y se le invita a dirigir preguntas a Adoption@state.gov.
Un niño nacido fuera de los Estados Unidos de un padre o ambos padres ciudadanos estadounidenses puede ser elegible para la ciudadanía estadounidense si el padre o ambos padres cumplen con los requisitos para transmitir la ciudadanía estadounidense bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Los ciudadanos estadounidenses elegibles para transmitir la ciudadanía deben presentar una Solicitud de Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA). Nuestro sencillo Asistente de Citas para Pasaportes y CRBA le ayudará a determinar su elegibilidad y a reunir la documentación necesaria para aplicar.
El personal de la embajada de EE.UU. no puede realizar matrimonios. Dependiendo de la ley local, los matrimonios generalmente son realizados por funcionarios civiles o religiosos. Si su matrimonio en el extranjero se realizó de acuerdo con la ley local, es válido en el país donde tuvo lugar. Si su matrimonio es reconocido en otro lugar depende de las leyes de ese lugar.
Salida de Panamá con Niños Menores
Para prevenir el secuestro internacional de niños, el Gobierno de Panamá requiere que los menores que son ciudadanos o residentes de Panamá presenten sus certificados de nacimiento originales, copias de los documentos de identificación de sus padres o tutores legales, y el consentimiento escrito notariado (en español) de cualquier padre o tutores legales que no viajan al momento de Panamá.
El Gobierno de Panamá aplica estrictamente la ley de toque de queda para menores, que requiere que los menores de 18 años que no estén bajo la supervisión de un adulto estén fuera de las calles entre las 9:00 p.m. y las 6:00 a.m. de lunes a jueves, y de 10:00 p.m. a 6:00 a.m. de viernes a domingo. La ley de toque de queda se aplica tanto a ciudadanos panameños como extranjeros. Los menores que infrinjan el toque de queda están sujetos a detención en una estación de policía hasta que sean entregados a la custodia de sus padres. Los padres pueden ser multados por la infracción, y el monto de la multa queda a discreción del Corregidor (magistrado) del área local. Los estudiantes que asisten a clases nocturnas deben tener un carnet emitido por la escuela. Los menores que están empleados deben obtener un certificado de empleo.
Renuncia a la Ciudadanía Estadounidense
Renunciar a su ciudadanía estadounidense mediante acciones específicas, como tomar el juramento de renuncia, debe hacerse voluntariamente y con la intención de renunciar a su ciudadanía estadounidense. Este es un derecho personal y no puede ser realizado por otra persona en su nombre.
Asuntos Consulares (AC) es la cara al público del Departamento de Estado para millones de personas en todo el mundo. Proporcionamos muchos servicios, y los más comunes se enumeran a continuación.
Los viajeros a Estados Unidos pueden obtener información y orientación sobre visados.
Los ciudadanos estadounidenses en el extranjero pueden renovar sus pasaportes, reemplazarl
Conocer sobre Servicios Notariales
Cualquier persona puede aprovechar nuestros servicios notariales.
The latest Department of State travel updates and guidance on travel.state.gov.
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Please call: (507) 317-5000
Outside of Office Hours, contact: (507) 317-5000
Outside of Panama: (507) 317-5000
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